BASES Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN:
“CUMPLEAÑOS GYMBOREE”
1. NESTLÉ ARGENTINA S.A. (en adelante, el “Organizador”), con domicilio en Carlos Pellegrini 887 (C1009ABQ), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, organiza la Promoción denominada “Cumpleaños Gymboree” (en adelante, la “Promoción”).
2. La Promoción se desarrollará en todo el ámbito de la República Argentina; comenzará a las cero horas del lunes 22 de junio de 2009 y finalizará a la medianoche del lunes 24 de agosto de 2009 (en adelante, el “Plazo de Vigencia”).
3. Podrán participar de la Promoción las personas físicas mayores de 18 años domiciliadas en la República Argentina que tengan hijos, nietos, sobrinos de entre 6 meses y 3 años de edad, que durante el Plazo de Vigencia de la Promoción hayan proporcionado los datos a través de la página www.creciendojuntosweb.com.ar, conforme se indica en el párrafo siguiente,. Quedan excluidas de participar las personas mencionadas en el punto 14.
A los fines de participar en la Promoción, los Participantes deberán ingresar, sin cargo alguno, en la página de Internet www.creciendojuntosweb.com.ar (en adelante, el “Sitio Web”) y registrarse en el Club Creciendo Juntos (en adelante, el “CLUB”) completando los datos requeridos con asterisco (*) en el formulario de registro que figura en el link http://www.nestlebaby.com/ar/nestle_baby_club/inscription/inscription1.htm (en adelante, el “Formulario”). Una vez registrados participarán automáticamente de la Promoción.
Aquellos Participantes que inviten a una o más personas a ingresar en el Sitio Web, conforme se indica en el Formulario, y éstas cumplan con los requisitos para participar de la Promoción, sumarán una chance más de ganar el premio descripto en el punto 5.
La inscripción en la Promoción no implica obligación directa o indirecta de compra o contratación de servicio alguno, ya que el único modo de participar es cumpliendo con los requisitos mencionados en este punto 3 e ingresando al Sitio Web y registrándose en el CLUB, cuyo acceso es absolutamente libre y gratuito.
Los Participantes podrán participar en la Promoción sólo una vez durante todo el Plazo de Vigencia.
4. Entre todos los Participantes que participen de la forma indicada en el punto 3 se realizará un (1) sorteo el día 31 de agosto de 2009, ante escribano público en las oficinas del Organizador, sitas en Av. del Libertador 1855, Vicente López, Buenos Aires, entre las 9.00 y 12.00 hs. (en adelante, el “Sorteo”). El Sorteo será efectuado mediante la ejecución de un sistema informático, haciendo que la selección del ganador sea efectuada en forma totalmente aleatoria y al azar. Se sorteará al azar un potencial ganador del premio indicado en el punto 5 y un suplente. Una vez verificados los datos obtenidos del Sorteo, el Organizador procederá de la forma indicada en el punto 6.
5. El premio consiste en un voucher que vale por un festejo de un cumpleaños en el salón de fiestas Gymboree Play & Music que incluye 25 invitaciones infantiles; bebidas y snack para los invitados infantiles; 1 torta gymboree; platos, vasos, servilletas y decoración de mesas; 25 globos; 1 piñata gymboree con caramelos; y 25 souvenir imágenes de rompecabezas de regalo (en adelante, el “Premio”).
El Premio podrá hacerse efectivo en cualquiera de los siguientes locales: Gymboree Pilar en la calle Paseo Pilar Piso 1º Local 9, Panamericana Km 44, Ramal Pilar, Provincia de Buenos Aires; o en Gymboree Nordelta en la calle Paseo de la Bahía, Studios II Local 10 y 11, Tigre Provincia de Buenos Aires, a elección del ganador y sujeto a la disponibilidad en la fecha que elija, lo que será coordinado de la forma indicada en el punto 7.
El ganador podrá hacer uso del Premio cualquier día sábado a partir de las 15.00 hs. hasta el día 28 de agosto de 2010 previa coordinación de la fecha con el responsable de Gymboree, conforme lo indicado en el punto 7.
El cumpleaños Gymboree, se realizará en el espacio principal de Gymboree y sus salas complementarias, donde se contará con equipamientos especialmente diseñados para niños. El centro se cierra durante dos horas exclusivamente para la realización del cumpleaños, ya que el agasajado es el absoluto protagonista del día. Las actividades serán dirigidas por una Maestra Gymboree y una asistente, e incluyen un “parachute time”, canciones y juegos especialmente diseñados para el cumpleaños. Las maestras Gymboree colaborarán para servir el snack a los niños. El Premio no incluye el servicio de catering para adultos, así como tampoco la vajilla necesaria que deberá ser contratada aparte por el ganador del Premio. Gymboree sólo les proporciona a los adultos, el espacio físico, con sillas, sillones, manteles y mesas. En caso de que el Ganador desee invitar a más de 25 invitados infantiles podrá hacerlo abonando $20 por persona hasta un máximo de 30 niños.
6. El potencial ganador del Premio será notificado por el Organizador al teléfono o al correo electrónico que hubiere registrado como propios en el Formulario dentro de los 5 (cinco) días siguientes de realizado el Sorteo, y su nombre será publicado en el Sitio Web, dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores al Sorteo, a lo cual el Organizador queda autorizado conforme lo dispuesto en los puntos 10 y 11.
Será requisito de asignación del Premio que el potencial ganador se comunique, dentro de las 72 horas desde que se le hubiere informado su calidad de ganador, al teléfono 0800-999-8100, de lunes a viernes hábiles, en el horario de 8:30 a 17:00 horas, a fin de que el Organizador le indique el lugar y la fecha en que deberá presentarse, con el documento de identidad, a retirar el Premio.
En caso de que el potencial ganador del Premio no se contactara con el Organizador dentro del plazo antes indicado, el Participante perderá su calidad de potencial ganador, y se procederá a reasignar el Premio al Participante suplente quien deberá cumplir todos los requisitos descriptos en estas bases y condiciones.
7. El Premio deberá ser retirado por el ganador dentro de los 30 (treinta) días posteriores a la fecha del Sorteo en el lugar que el Organizador le indique al momento del contacto telefónico. Si el ganador tuviera su lugar de residencia en el Interior del país, el Premio le será enviado por correo privado, dentro de los 30 (treinta) días posteriores a la fecha de Sorteo. A todo evento, el Premio se hará efectivo solamente en los locales Gymboree indicados en el punto 5.
Una vez que el ganador haya retirado el Premio deberá contactarse con Gymboree al teléfono (02320-657357/8) de lunes a viernes en el 9.00 a 12.30 hs. y de 15.30 a 19.00 hs. y contactarse con la persona responsable de Gymboree para coordinar día y el lugar indicado en el punto 5 en que se realizará el evento. En dicho acto, deberá comunicar sus datos personales vía telefónica para que el responsable del salón reserve el día y horario elegidos por el ganador.
La falta de reclamo del Premio en la forma y dentro del plazo establecido precedentemente, o el incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en estas bases hará perder al potencial ganador el derecho al Premio considerándose el mismo como no asignado. En tal caso, el Premio no asignado quedará en poder del Organizador.
8. Esta Promoción no ofrece ningún otro Premio que no sea el mencionado. El ganador no podrá exigir el cambio del Premio por otro, ni por su valor en dinero, ni por un bien distinto del indicado como Premio, siendo este no negociable, e intransferible.
9. La probabilidad de resultar favorecido en la presente Promoción dependerá de la cantidad total de registros en el Sitio Web que realicen los Participantes a través de los Formularios. Teniendo en cuenta el parámetro indicado, y en forma meramente estimativa, la probabilidad de resultar favorecido con el Premio, si hubiere mil (1.000) registros, será del 0,001%.
10. El Organizador no será, en ningún caso, responsable por fallas en los equipos de computación, de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de la red de Internet, ni por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo de la Promoción. En tal sentido, el Organizador no será responsable de aquellas participaciones que no se reciban a causa de fallas de transmisión o técnicas de cualquier tipo no imputables al Organizador.
11. El Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre y/o imágenes del ganador por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, durante todo el tiempo que considere necesario y sin obligación de realizar compensación alguna. El nombre del ganador, podrá ser publicado en la página de Internet del Organizador www.creciendojuntosweb.com.ar o donde el Organizador considere. Se considerará que los participantes en la Promoción han prestado su consentimiento al respecto, incluyendo la autorización de uso de nombre e imagen, al completar con sus datos personales el Formulario respectivo.
12. Los datos personales brindados a través del Formulario del Sitio Web para la participación en esta Promoción, serán objeto de tratamiento automatizado e incorporados a la base de datos de titularidad del Organizador, con domicilio legal en Carlos Pellegrini 887 (C1009ABQ), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La provisión de los datos por parte de los Participantes de la Promoción es voluntaria, sin perjuicio de ser un requisito necesario para participar en la Promoción.
El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. Los participantes podrán requerir que dicha información les sea suministrada, actualizada, rectificada o removida de la base de datos a su pedido. A tales efectos deberán comunicarse al 0800-999-8100. La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, órgano de control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
El registro y participación en la Promoción implicará el otorgamiento por parte del Participante, del consentimiento previsto en los artículos 5° y 11° de la Ley 25.326.